¿Qué se puede reconocer?
Siempre que las enseñanzas estén relacionadas con las competencias inherentes al Grado en
Óptica y Optometría se pueden reconocer:
- Las asignaturas y créditos cursados en titulaciones universitarias oficiales
- Los estudios oficialmente acreditados de enseñanzas superiores artísticas, deportivas o de formación profesional, como por ejemplo: Técnico Superior en Óptica de Anteojería y Técnico Superior en Audiología Protésica
- Las asignaturas y créditos cursados en otras enseñanzas universitarias no oficiales
- La experiencia laboral y profesional acreditada, siempre que al menos sea de seis meses
En los tres últimos casos, el número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de
experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios, es decir 36 ECTS, además de los ya reconocidos por enseñanzas universitarias oficiales.
Algunos ejemplos:
- Se reconocen en torno a los 60 ECTS por las asignaturas cursadas en Farmacia, según el Plan de Estudios de Procedencia del alumno.
- Algunos planes de estudios en Farmacia incluyen créditos adicionales en el área de Idiomas, lo que permite el reconocimiento de la asignatura adicional “Idioma Moderno”.
- Son susceptibles de reconocimiento las enseñanzas obtenidas en cursos, másteres, títulos propios relacionados con la óptica y optometría y la audiología, siempre que estén acreditados por una Universidad. En ningún caso es susceptible de reconocimiento, de acuerdo con la normativa universitaria, el Trabajo Fin de Grado.
¿Qué documentación hay que presentar para el reconocimiento de créditos?
- Son imprescindibles copias del Título de Licenciado o Graduado en Farmacia y Expediente Académico Oficial.
- Los planes de estudios y programas de las asignaturas.
- Diplomas acreditativos y programas detallados de todos los cursos no oficiales y de formación continuada.
- Acreditación de la experiencia laboral a través de certificado de empresa, certificado como colegiado ejerciente o vida laboral y memoria de actividades realizadas.
Normativa de reconocimiento de créditos disponible en
Reglamento reconocimiento y transferencia de créditos [PDF]