La Ley Orgánica de Universidades reconoce en su artículo 40.2 este papel protagonista que los grupos de investigación tienen en el desarrollo de la actividad investigadora de las Universidades, en tanto que establece que “la investigación, sin perjuicio de la libre creación y organización por las Universidades de las estructuras que, para su desarrollo, las mismas determinen y de la libre investigación individual se llevará a cabo, principalmente, en grupos de investigación, Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación”. Asimismo, el artículo 37.1.j) de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo-CEU, aprobadas mediante Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, establece entre las funciones del Rector la de “reconocer grupos de investigación en los términos que se establezcan reglamentariamente”.
Por ello nuestra Universidad ha procedido a dotarse de una normativa de reconocimiento de grupos de investigación al amparo de la cual en el curso 2019-2020 se lanzó la primera convocatoria de reconocimiento de grupos de investigación, incorporándose dichos grupos reconocidos a un Registro oficial creado al efecto en el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica quedando asignado cada grupo reconocido a una de las cuatro categorías resultantes.